LIBERTÉ, IGUALITÉ, ABORTÉ

Constitucionalización del aborto en Francia: algunas nociones básicas

Os compartimos los apuntes que tomamos en la conferencia del Dr. Olivier Lecucq en la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla.

  1. Introducción. 

El tema de la conferencia es la interrupción voluntaria del embarazo (a partir de ahora IVE) como derecho constitucional. Hablaremos sobre cómo se reforma la constitución y qué libertades se prestan a consecuencia de este derecho. 

La introducción de libertad de la IVE, como tema fundamental, a favor de las mujeres en la constitución francesa tuvo lugar el día 4 de marzo de 2024. Todavía la IVE es vista como un tema sensible que provoca conflictos. 

Pedido por la mujer y practicado por el médico, la IVE representa el enfrentamiento entre dos evidencias, la libertad, de las mujeres sobre su cuerpo, y,  la vida, de la persona que está por nacer. 

La constitucionalización del derecho a la IVE es una exigencia de protección de los derechos de las mujeres y su derecho a decidir sobre su cuerpo. 

En Francia, la interrupción voluntaria del embarazo es legal desde 1975. Es por eso que, en 2024 se contempla la necesidad de incluir en la constitución el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo. 

¿Por qué introducir la interrupción voluntaria del embarazo en la constitución? ¿Cuáles son sus consecuencias? 

  1. La conferencia se divide en cuatro partes: 
  1. Razones de la constitucionalización de la IVE.
  2. Cuál es su alcance jurídico.
  3. Revisión y contexto histórico de la legalización del aborto. 
  4. Reforma de la constitución francesa.
  1. LEGALIZACIÓN DEL ABORTO EN FRANCIA: CONTEXTO.

El 17 de enero de 1975 se legaliza la interrupción voluntaria del embarazo en Francia, fue una etapa decisiva para el movimiento feminista francés que llevaba luchando por este derecho desde los años 60. 

La legalización del IVE fue impulsada por la ministra de salud, que defendió la ley ante un parlamento mayoritariamente compuesto por hombres. 

Otro gran avance que contextualiza esta ley fue el de 1967, año en el que se legaliza la píldora anticonceptiva en Francia, con la ley de la liberación de las mujeres. 

  1. Línea temporal de la ley de la interrupción voluntaria del embarazo:
  • 1967. El aborto está prohibido y castigado con pena de cárcel. (aborto clandestino)
  • 1970. Empieza la revolución sexual en Francia:
    • Movimiento por la liberación de las mujeres.
    • Liberación de la píldora anticonceptiva.
    • Se pide un aborto libre y gratuito, con el lema: “un niño cuando quiero y si lo quiero”
  • 1971. Publicación del manifiesto de las 343, mujeres francesas que de manera anónima, declaran que habían tenido acceso al aborto antes de ser legal, consiguen una opinión pública favorable, consciente del peligro que supone el aborto clandestino.
  • 1972. Revolución mediática en torno al caso de la menor de 16 años acusada de abortar tras ser víctima de una violación. (La menor fue absuelta por el tribunal tras ser juzgada)
  • 1974. Presentación del proyecto de legalización del aborto. Fue aprobado y desde entonces la IVE es legal en Francia.
  • 1980. Refuerzo de la ley, aumentando el plazo de semanas en las que puede practicarse la IVE (14 semanas). También se plantean sanciones contra los anti-abortistas.

La constitucionalización del aborto en Francia constituye la última etapa del proceso de protección y garantización de la interrupción voluntaria del embarazo.

  1. REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN FRANCESA

La reforma de la constitución francesa es un proceso previsto en el artículo 89 de la propia constitución. Es un procedimiento complejo que ha sido realizado 25 veces, siendo la IVE la reforma número 25.

Este procedimiento consta de 3 fases: 

  1. Según quién tiene la iniciativa, podemos distinguir dos tipos:
  • Iniciativa del Presidente con la demanda del Primer Ministro. Se solicita un proyecto de reforma.
  • Los parlamentarios toman la iniciativa. Se solicita una proposición de ley constitucional.

* La constitucionalización de la IVE tuvo dos iniciativas, optando finalmente por la primera opción, proyecto de reforma. 

  1. Adopción: se requiere la mayoría absoluta de las Cámaras, teniendo cada una de las Cámaras derecho a veto. Respecto a la IVE, fue adoptada sin dificultad. 
  2. Aprobación final:
    1. Si se trata de una proposición de ley, la aprobación supone un referéndum (nunca conseguido en Francia)
    2. Si se trata de un proyecto de ley, el presidente tiene dos posibilidades:
      1. Vía normal: referéndum.
      2. Vía derogatoria: reunión de todos los parlamentarios en una sola asamblea. La reforma necesita una mayoría de los 3/5 de los votantes para ser aprobada.

* La vía derogatoria fue el caso de la reforma de la IVE, que contó con una amplia mayoría de votantes, superando los ⅗ (780 votaron a favor, 72 en contra, lo que suponía un    90% de los votos favorables). La ley entra en vigor el 8 de marzo. 

  1. ¿POR QUÉ ESTA REFORMA?

La constitucionalización de la interrupción voluntaria del embarazo fue presentada al parlamento en varias ocasiones. 

Para entender esta reforma debemos tener en cuenta varios factores:

  1. El ascenso de las leyes anti-aborto en EEUU, que supuso un cambio casi completo del derecho al aborto. 14 estados federales han prohibido el derecho al aborto en Estados Unidos, lo que ha desatado una respuesta internacional.
  2. El retroceso del derecho al aborto en varios países europeos como Italia y Polonia. 
  3. La búsqueda de dificultades para complicar el acceso a la IVE. 

En Francia, 1 de cada 3 mujeres se enfrenta a la interrupción voluntaria del embarazo. “Nunca las mujeres recurren al aborto con alegría”. Se pretende dar un mensaje universal de solidaridad a todas las mujeres que ven hoy en día su libertad despreciada.

Observamos: 

  1. En el derecho europeo no hay una verdadera consagración de los derechos en esta materia. Las garantías de la interrupción voluntaria del embarazo dependen de la jurisprudencia de Estrasburgo, que decreta que los Estados tienen margen de maniobra en esta materia. 
  2. La libertad de la mujer para legalizar el derecho al aborto.
  3. El derecho al aborto tenía un valor legislativo, y una ley es aprobada por una mayoría, por lo que, lo que es legalizado hoy puede ser ilegalizado mañana.

*OPINIONES GENERALES DEL PUEBLO FRANCÉS.

  • “No es útil reformar la constitución ya que casi nadie quiere prohibir el derecho al aborto”
  • “Es un golpe de fuerza de las feministas, el derecho al aborto no estaba en peligro”
  • Era necesario proteger mejor el derecho de la mujer a la interrupción voluntaria del embarazo y adelantarse al riesgo. Siguiendo a Simone de Beauvoir: “nada de esto está definitivamente adquirido, será suficiente una crisis política para que se quiten los derechos de las mujeres. Siempre debemos estar vigilantes.”
  1. CONSECUENCIAS DE LA REFORMA

La ley determina las condiciones en las cuales se ejerce la libertad garantizada a la mujer del recurso a la interrupción voluntaria del embarazo.

  • 1º elemento: libertad garantizada a la mujer. No será posible que la ley suprima este derecho, las mujeres siempre podrán recurrir a la IVE.

Las mujeres tendrán que recurrir a la IVE en las condiciones dictadas por la ley: 

  • En materia del aborto, solo el legislador puede intervenir.
  • La ley determina condiciones de libertad del aborto. No es una libertad absoluta, la libertad del aborto puede ser limitada y corresponde a la ley decidir cuales son los límites. 

Esta jurisprudencia se forma de tres sentencias:

  • 1975
  • 2001 (aumento del plazo en el que se puede acceder a la IVE, “lógica de conciliación entre libertades y exigencias contradictorias”)
  • 2017

Destacamos que el legislador puede condicionar la libertad al aborto con otras libertades constitucionales (la dignidad). La ley puede fijar un plazo limitado y puede imponer situaciones particulares.

La sentencia de 2001 admite un 3º tipo de condición: la asistencia psicológica. El congreso ha juzgado que la libertad de los médicos debe ser respetada. Se busca encontrar un equilibrio entre la libertad de la mujer y la vida del feto. La IVE no tiene que ser banalizada, sólo hay que buscar una conciliación entre diferentes exigencias.

  • Simbolizar: la reforma quiere ser un símbolo de la liberación de las mujeres.
  • Garantizar: refuerza la libertad de la mujer a nivel jurídico. Garantiza el derecho a la IVE y que no puede ser tocado por el legislador.
  • Conciliar: la reforma reconoce que esa libertad puede ser condicionada por la dignidad de la persona que va a nacer. 

Reforzar la protección de la mujer es el primer objetivo de la reforma, proteger este derecho ante lo que pueda pasar en el futuro. 

Hay una distinción muy estricta entre la dignidad y la vida. La vida no es un elemento de la dignidad humana. Proteger el derecho a la vida es proteger el derecho de una persona nacida o una persona que ha superado cierto tiempo de gestación. Hay que proteger la vida de la persona gestante. 

Prevalece el principio de dignidad humana (teniendo en cuenta el tiempo de gestación) sobre el derecho a la vida (no existe como tal en Francia). Distinción entre la protección del feto y la protección de la vida. 

PRESTACIÓN PÚBLICA DEL ACCESO AL ABORTO. 

  • Dificultad de accesibilidad frente a la objeción de conciencia (generalizada). Estigma frente a la IVE. 
  • Limitación al derecho al aborto frente a otros derechos. 
  • Dificultad práctica al acceder al derecho al aborto.
  • ¿Obligar a los médicos a practicar el aborto? Libertad de conciencia (constitucional)
  • El aborto no puede quedar solo en una declaración, debe ser una realidad.  Simbología detrás de la constitucionalidad del aborto. 
  • Incluir la cuestión del aborto en el programa de estudios de medicina. 
  • Eficacia material del derecho.
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