AYUSO Y EL RECORTE EN LA LEY TRANS EN MADRID

“El grupo parlamentario del PP en la Asamblea de Madrid ha registrado este viernes, de forma urgente, la modificación de la ley de identidad y expresión de género y de la Protección integral contra la LGTBIfobia”

Nos despertamos con estos titulares, nos inunda el pánico, la incertidumbre, la rabia… pero, ¿qué significa todo esto? Para entender la gravedad del asunto debemos poner en claro algunas connotaciones básicas. 

¿Quién gobierna Madrid? La Comunidad de Madrid está gobernada por un gobierno de coalición formado por las fuerzas PP y Vox. Liderado por Isabel Díaz Ayuso, ejerciendo el cargo de presidenta de la Comunidad de Madrid. 

¿Cúal es la Ley de Identidad y Expresión de Género y de Protección Integral contra la LGTBIfobia? 

Se trata de Ley 3/2016, de 22 de julio, de Protección Integral contra LGTBIfobia y

la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual en la

Comunidad de Madrid.  (https://www.boe.es/buscar/pdf/2016/BOE-A-2016-11096-consolidado.pdf acceso a la ley completa) Esta ley autonómica está vigente desde el año 2016 por, la que entonces fue presidenta de la comunidad, Cristina Cifuentes, también del PP. 

Esta ley recogía una serie de derechos y obligaciones frente al colectivo, muchas de ellas se están viendo amenazadas por las intenciones del Partido Popular en la Comunidad de Madrid, en manos de Ayuso, y sus socios de gobierno, Vox. 

Esta ley es AUTONÓMICA y como tal son sus competencias, al igual que sus efectos solo se verán en la Comunidad de Madrid.

Existe una Ley estatal que estaría por encima de ésta (acceso a la ley https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-5366

Entonces, ¿por qué se plantea esto si hay una ley estatal en materia de estos derechos que iría por encima de la autonómica? Partimos de la base de que, la mayoría de las cosas en las que el PP pretende recortar esta ley, son en materia de Educación y Sanidad, ambas competencias le pertenecen a las autonomías y no al Estado. 

¿Qué es realmente lo que quiere hacer Ayuso en Madrid respecto a la Ley LGTBI trans madrileña? 

Podemos resumir los recortes de Ayuso en varios ámbitos: 

  • Materia de Educación. 
    • Se elimina el plan contra el acoso a los alumnos LGTBI en los colegios, 
    • Salen de los planes de estudio todos los contenidos dirigidos a mostrar la realidad LGTBI y la formación de los profesores en esta materia.
    • la necesidad de tener libros con temáticas LGTBI en las bibliotecas públicas o la formación del profesorado para tratar con menores trans de una manera adecuada.
    • Los medios de comunicación públicos NO tendrán que contribuir a dar visibilidad a la diversidad sexual 
    • La Comunidad no proporcionará medios a los Ayuntamientos para ofrecer programas destinados a este colectivo.
    • Se eliminará el código sancionador específico para las infracciones que vulneren los derechos de las personas trans e intersexuales.
  • Materia de Sanidad. 
    • Los menores trans de la Comunidad de Madrid sólo podrán iniciar su tratamiento previo examen de un pediatra, tras ser atendidos “por un profesional de la salud mental” (psicólogo o psiquiatra)
    • Necesitarán un informe médico favorable “imprescindible” si tienen dos o más enfermedades o trastornos mentales al mismo tiempo
    • Se derogará el derecho al reconocimiento de la identidad de género libremente manifestada, al igual que al libre desarrollo de la personalidad y a ser tratado de conformidad a la identidad de género. 
    • Se mantiene la prohibición de las terapias de conversión excepto en el caso de las personas trans. 
  • Otros. 
    • Se borra la obligación legal de dar visibilidad a la diversidad a través de la publicidad institucional. 
    • Se retira la normativa sancionadora específica, que se subsume en la general.
    • También desaparecerá la inversión de la carga de la prueba.
      • “La carga de la prueba es la obligación de acreditar un hecho que se está alegando y no está esclarecido como se debe. Los elementos probatorios corresponden a la parte que deba demostrar el hecho y sin cuya existencia podría concluir de manera adversa a sus pretensiones. Es, en este sentido, necesaria y relevante para decidir sobre un conflicto.” 

(es decir, quien está acusado de discriminar a una persona trans ya no estará obligado a demostrar su inocencia).

¿Qué significa hacerlo mediante procedimiento de urgencia? 

En términos formales, un PROCEDIMIENTO DE URGENCIA se trata de un procedimiento legislativo seguido a petición del Gobierno, de dos grupos parlamentarios o de una quinta parte de los diputados, en el que los plazos de elaboración de la ley se reducen a la mitad respecto de los previstos en el procedimiento legislativo ordinario.

Es decir, el PP y Vox (dos grupos parlamentarios) proponen modificar esta Ley por procedimiento de urgencia, ya que ostentan la mayoría absoluta en la Comunidad de Madrid, pudiendo así, reducir a la mitad, los plazos acordados por el procedimiento legislativo para modificar o elaborar una ley. 

¿Por qué usar este procedimiento? 

El PP alega que hace uso de la urgencia por  «la necesidad de adaptar la actual ley a la normativa estatal» así como para «corregir determinados aspectos de la misma y garantizar la necesaria protección de los derechos fundamentales»

¿Qué supondría todo esto? 

El retroceso en materia de derechos LGTBI, volver a patologizar a las personas trans, a pesar de que la OMS eliminó estas connotaciones sobre considerar la transexualidad como una enfermedad mental en 2018, ir en contra de la ley estatal, más censura, dar rienda suelta al discurso de odio, los menores trans quedan sin protección en los centros educativos, eliminando el protocolo antibullying específico, la ayuda de asociaciones y la formación del profesorado en esta materia. 

Implica una dificultad enorme para aquellas menores que quieran iniciar su transición, ya que los requisitos son muy costosos y discriminatorios. 

Las personas más afectadas por este recorte en derechos son las menores trans, así como el colectivo trans en su totalidad.

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